miércoles, 21 de junio de 2017

Manifestaciones del Hostigamiento Laboral en la CCSS

Manifestaciones del Hostigamiento Laboral en la CCSS

He tenido la dicha de poder atender múltiples consultas de funcionarios de la C.C.S.S. sobre el tema de acoso laboral, pero me llama la atención que la mayoría de los funcionarios desconozcan que en La Normativa de Relaciones Labores (NRL) de la C.C.S.S. viene establecido el Procedimientos Para la Atención de Denuncias por Hostigamiento Laboral, por tal motivo hago esta publicación para realizar un breve recordatorio y/o tengan información sobre el tema.
Para iniciar hay que realizarse una serie de preguntas para formular la denuncia, las dos primeras son:
-          ¿Qué Tipo de Hostigamiento Laboral tenemos frente a nosotros?
-          ¿Cuáles son las manifestaciones que se están dando en contra de la víctima?
Para enmarcar si existe o no una manifestación de hostigamiento laboral lo primero que tenemos que analizar o preguntarnos es ¿Qué Tipo de Hostigamiento Laboral tenemos frente a nosotros?, el artículo 207 NRL nos indica cuales tipos hay:

Artículo 207. Tipos del Hostigamiento laboral
1. Horizontal: se realiza entre compañeros que ocupan un nivel similar en la jerarquía, también llamado “hostigamiento entre iguales”.
2. Vertical Descendente: entre quienes ocupan puestos de jerarquía respecto de la víctima, también llamado “entre desiguales”.
3. Vertical Ascendente: entre quienes ocupan puestos subalternos respecto de la jefatura.

Al tener claro si es Horizontal, Vertical Descendente o Vertical Ascendente, ya podemos seguir con el la segunda etapa y analizar: ¿Cuáles son las manifestaciones que se están dando en contra de la víctima?  La respuesta a esta interrogante la encontramos en el artículo 208 de la NRL
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Artículo 208. Manifestaciones El hostigamiento laboral puede manifestarse, por medio de las siguientes conductas:
1. Amenaza en forma verbal, escrita o física que atenten contra la dignidad, la integridad psíquica o física de la víctima.
2. Controlar las labores mediante registros excesivos e injustificados, con el fin de causar daño laboral.
3. Crear rumores verbales o escritos que afecten la imagen tanto personal como laboral.
4. Desacreditar públicamente a la víctima, atribuyéndole errores injustificadamente.
5. Ejercer presión o recargar funciones sin justificación alguna o razonable.
6. Gritar, insultar o criticar en forma inadecuada aspectos de personalidad o del ámbito privado.
7. Ignorar reiteradamente la presencia de la persona y prohibir a los demás funcionarios relación alguna con la víctima.
8. Impedir o restringir el acceso a equipo de trabajo sin causa justa.
9. Manifestar una clara discriminación en razón del sexo, edad, raza, nacionalidad, religión, afiliación sindical u otra.
10. No asignar labores injustificadamente, asignar o recargar de tareas que están fuera del conocimiento o destrezas del trabajador.
11. Sobrecargar o asignar funciones innecesarias o inferiores.
12. No se le permite, impide o interrumpe la comunicación en forma reiterada.
13. Obstaculizar ascensos, nombramientos, capacitaciones, vacaciones y otras sin justificación alguna.
14. Asignar funciones degradantes, incompatibles con las labores propias o mantener al funcionario sin labores.
15. Provocar labores en la unidad de trabajo que conllevan al aislamiento en el ámbito laboral.
16. Realizar modificaciones estructurales y funcionales, sin justificación alguna, con el fin de poder despedir, trasladar o cambiar labores al funcionario.
17. Ridiculizar a la víctima.
Luego de recabar, indagar y analizar la información subministrada por la victima del hostigamiento laboral, podemos continuar con la presentación de la denuncia. Más adelante publicaré el formato de presentación de la demanda.

Si desean más información pueden contactarme, concertar una cita y analizar su caso.

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