Manifestaciones del Hostigamiento Laboral en la CCSS
He tenido la dicha de poder
atender múltiples consultas de funcionarios de la C.C.S.S. sobre el tema de
acoso laboral, pero me llama la atención que la mayoría de los funcionarios desconozcan
que en La Normativa de Relaciones Labores (NRL) de la C.C.S.S. viene establecido
el Procedimientos Para la Atención de Denuncias por Hostigamiento Laboral, por
tal motivo hago esta publicación para realizar un breve recordatorio y/o tengan
información sobre el tema.
Para iniciar hay que realizarse
una serie de preguntas para formular la denuncia, las dos primeras son:
-
¿Qué Tipo de Hostigamiento Laboral tenemos
frente a nosotros?
-
¿Cuáles son las manifestaciones que se están dando
en contra de la víctima?
Para enmarcar si existe o no una
manifestación de hostigamiento laboral lo primero que tenemos que analizar o
preguntarnos es ¿Qué Tipo de
Hostigamiento Laboral tenemos frente a nosotros?, el artículo 207 NRL nos
indica cuales tipos hay:
Artículo 207. Tipos del Hostigamiento laboral
1. Horizontal: se realiza entre compañeros que ocupan un nivel similar
en la jerarquía, también llamado “hostigamiento entre iguales”.
2. Vertical Descendente: entre quienes ocupan puestos de jerarquía
respecto de la víctima, también llamado “entre desiguales”.
3. Vertical Ascendente: entre quienes ocupan puestos subalternos
respecto de la jefatura.
Al tener claro si es Horizontal,
Vertical Descendente o Vertical Ascendente, ya podemos seguir con el la segunda
etapa y analizar: ¿Cuáles son las
manifestaciones que se están dando en contra de la víctima? La respuesta a esta interrogante la
encontramos en el artículo 208 de la NRL
.
Artículo 208. Manifestaciones El hostigamiento laboral puede
manifestarse, por medio de las siguientes conductas:
1. Amenaza en forma verbal, escrita o física que atenten contra la
dignidad, la integridad psíquica o física de la víctima.
2. Controlar las labores mediante registros excesivos e injustificados,
con el fin de causar daño laboral.
3. Crear rumores verbales o escritos que afecten la imagen tanto
personal como laboral.
4. Desacreditar públicamente a la víctima, atribuyéndole errores
injustificadamente.
5. Ejercer presión o recargar funciones sin justificación alguna o
razonable.
6. Gritar, insultar o criticar en forma inadecuada aspectos de
personalidad o del ámbito privado.
7. Ignorar reiteradamente la presencia de la persona y prohibir a los
demás funcionarios relación alguna con la víctima.
8. Impedir o restringir el acceso a equipo de trabajo sin causa justa.
9. Manifestar una clara discriminación en razón del sexo, edad, raza,
nacionalidad, religión, afiliación sindical u otra.
10. No asignar labores injustificadamente, asignar o recargar de tareas
que están fuera del conocimiento o destrezas del trabajador.
11. Sobrecargar o asignar funciones innecesarias o inferiores.
12. No se le permite, impide o interrumpe la comunicación en forma
reiterada.
13. Obstaculizar ascensos, nombramientos, capacitaciones, vacaciones y
otras sin justificación alguna.
14. Asignar funciones degradantes, incompatibles con las labores
propias o mantener al funcionario sin labores.
15. Provocar labores en la unidad de trabajo que conllevan al
aislamiento en el ámbito laboral.
16. Realizar modificaciones estructurales y funcionales, sin
justificación alguna, con el fin de poder despedir, trasladar o cambiar labores
al funcionario.
17. Ridiculizar a la víctima.
Luego de recabar, indagar y
analizar la información subministrada por la victima del hostigamiento laboral,
podemos continuar con la presentación de la denuncia. Más adelante publicaré el
formato de presentación de la demanda.
Si desean más información pueden
contactarme, concertar una cita y analizar su caso.